jueves, 17 de diciembre de 2015

¿Jerarquización salarial o mera discrecionalidad de fondos?


Luego de casi dos años de la zanahoria frente a la cara, salió la esperada “Jerarquización”.
En todos los actos, entrevistas y oportunidades no faltaba uno de nosotros, los científicos y
técnicos de CONICET, preguntando por la jerarquización. Esto puso sistemáticamente en
evidencia el problema de retraso salarial que existe en nuestro Organismo...
Las políticas científicas beneficiaron al sector, aumentando el número de becas, cargos de
CPA e Investigadores y aumentando la infraestructura, pero no se vieron reflejadas en un
salario acorde al trabajo y formación de los agentes del CONICET.
Luego de que asumiera el Ex Presidente Néstor Kirchner, comenzó un cambio en
CONICET, y uno de los más relevantes fue la jerarquización salarial otorgada mediante el
decreto 1317/05, que si bien no fue incorporada al sueldo básico, constituyó en sí una
jerarquización real, que permitió un incremento notable en el ingreso de los Científicos, y
que en la actualidad es casi el 50% del salario bruto de un Investigador.
Con el paso del tiempo y, debido a que en el CONICET no tenemos paritarias sectoriales,
solamente logramos un aumento salarial acordado en paritarias nacionales y ningún
beneficio extra proveniente de un acuerdo sectorial como tienen otros organismos como el
INTI, INTA, CONAE, CNEA, etc. Eso hizo que nuestros salarios realmente se retrasen con
respecto los demás Organismos de CyT a la vez que también fue quedando relegado con
respecto a otros Organismos del Estado.
A principio de este año, se anunció en la página web de CONICET, la apertura de una mesa
laboral para discutir el Convenio Colectivo Sectorial y la apertura de paritarias (mesa de
negociación con los representantes gremiales para acordar condiciones laborales), pero
estas instancias de participación nunca se concretaron, quedaron en el anuncio y ante los
reclamos formales efectuados desde nuestra asociación gremial se evadió la respuesta y a
cambio se informó sobre la concreción en breve de una nueva Jerarquización que estaba en
discusión y con una propuesta elevada al Ministerio de CyT y/o al Ministerio de Economía.
En todas estas instancias de intento de diálogo, desde UPCN nos manifestamos en contra de
una jerarquización proveniente de una propuesta unilateral, sin discusión gremial y a la
que tampoco tuvimos acceso sino hasta que se publicó en el Boletín Oficial el día
24/11/2015.
¿Este esquema desigual y discriminatorio que definió el Directorio de CONICET para
repartir los fondos que le autorizó el Ministerio de Economía, y que solo favorece a los CIC
de categorías más altas, merece llamarse “jerarquización”?.
Destacamos lo siguiente:
a) SUPLEMENTO ESPECIAL REMUNERATIVO NO BONIFICABLE


El ítem de jerarquización otorgado en el 2005 mediante el decreto 1317/05 es de
$9770 para un CIC asistente, y el recientemente otorgado mediante el decreto 2503/2015 es
de $1369; para un CIC Adjunto la jerarquización de 2005 tiene hoy una incidencia de
$11000 y la recientemente otorgada de $1543, en ambos casos el incremento corresponde a
un 6,5%....¿merece esto llamarse Jerarquización?.
En estos casos el impacto en el salario neto será de $1025 y $1150, respectivamente…. ¿No
es un poco insuficiente para dos años de promesa de una nueva Jerarquización?
En el caso del escalafón de CPA Profesional Principal es el único que apenas alcanza a
rozar el 10% de incremento salarial, con un beneficio muy superior al del Investigador
Independiente en este ítem, pero que tampoco alcanza a impactar como sería de esperar
para denominarse Jerarquización. Para un Técnico Asistente, el incremento de $988 al
sueldo bruto impacta en un aumento neto de $740, realmente insignificante para la
situación de retraso que tienen todos los trabajadores del sector.
Vale aclarar que este suplemento remunerativo y no bonificable implica que sobre el
mismo se aplican todos los descuentos pero no suma para zona, aguinaldo, etc.
b) SUPLEMENTO POR DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN EN CIENCIA Y
TECNOLOGÍA



En primer instancia, el Decreto es vago en su lenguaje y prácticamente
incomprensible, el artículo 1 dice: "Dirección de Investigación en Ciencia y Tecnología: El
personal que revista en las Clases de Investigador Superior, de Investigador Principal, y
de Investigador Independiente, percibirá un adicional en concepto de Dirección de
Investigación en Ciencia y Tecnología”, ¿a qué se refieren con Dirección de Investigación
en Ciencia y Tecnología? Dirigir Becarios?, Investigadores? Proyectos? Porque los
investigadores Adjuntos y Asistentes también lo hacen! Sin embargo, el aumento lo reciben
sólo los Independientes, Superiores y Principales......no hubiera sido más sensato llamarlo
SUPLEMENTO PARA CATEGORIAS SUPERIORES? Y no mencionar las actividades de
Dirección de Investigación para no discriminar a los investigadores Adjuntos y Asistentes
que también cumplen este rol?
Dejaría la sensación que la tabla contenía también a los investigadores Adjuntos y
Asistentes, pero como fue manifestado en reiteradas oportunidades por las autoridades de
CONICET, el Ministerio de Economía finalmente autorizó una partida presupuestaria
significativamente menor a la solicitada inicialmente por la autoridades de nuestro
Organismo a través del Ministerio de CyT, y como consecuencia el esquema de
distribución sufrió un recorte cualitativo y no cuantitativo, es decir, mucho menos para la
mayoría en lugar de un poco menos para todos.
Para comprender este concepto es necesario destacar que los investigadores de las
categorías beneficiadas por este suplemento comprenden solo el 25% del plantel de
investigadores y algo así como el 10 % del total de agentes del CONICET (considerando
Investigadores, Profesionales, Becarios y Administrativos).
c) SUPLEMENTO NO REMUNERATIVO NO BONIFICABLE POR FUNCIÓN MIEMBRO EVALUADOR
EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Este suplemento nos parece muy valioso, ya que viene a compensar una tarea que
acarrea una enorme responsabilidad, como es la evaluación que llevan adelante los
miembros de las comisiones asesoras y órganos de evaluación de nuestro Organismo, y
como toda responsabilidad adicional debe ser recompensada en términos económicos, por
lo cual estamos muy satisfechos con este reconocimiento.
Vale aclarar que este suplemento no remunerativo y no bonificable implica que sobre el
mismo no se aplican descuentos pero no suma para zona aguinaldo, etc.


Sin embargo, este nuevo suplemento de $3000 plantea un interrogante y una nueva
situación a tener en cuenta, y tiene que ver con la modalidad con la cual se eligen los
miembros de las comisiones, situación que hasta el momento no responde a ningún
mecanismo transparentado por el Directorio del CONICET.
Entendemos, que en la actualidad las comisiones no se conforman
democráticamente o aleatoriamente, sino que se conforman a discreción del Directorio,
lo cual genera una especie de "lealtad" de los miembros de las comisiones a las directivas y
la aplicación de los criterios de evaluación, y que no son de dominio público, sino que son
alterados de manera arbitraria en función de las necesidades y parecer del Directorio.
En este contexto, ¿qué Investigador que haya sido “beneficiado” con su asignación en una
Comisión se planteará alejarse o cuestionar los criterios impuestos por el Directorio a
riesgo de perder un beneficio económico que tanta falta le hace al magro salario del
Investigador?
Nuevamente expresamos, como asociación gremial representante de los trabajadores
del CONICET, nuestra disconformidad con el esquema de distribución definido
unilateralmente por el Directorio, para la partida presupuestaria asignada al
incremento salarial de TODOS los trabajadores del Organismo, el cual además de
haber sido insignificante, fue distribuido de manera muy desigual y discriminatoria,
beneficiando sesgadamente a los investigadores de mayor categoría y con un monto
irrisorio para los Investigadores Asistentes, Adjuntos y a la mayoría de los
Profesionales CPA, además de no alcanzar a los Becarios, administrativos e
Investigadores Contratados.

UPCN.

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